viernes, 18 de marzo de 2016

ENSAYO NUM_ 2 FUNCION DE LA COMISION DE SEGURIDAD E HIGIENE




NOMBRE DEL ALUMNO(A):
LUZ EDITH ROMAN JIMENEZ

NOMBRE DEL CATEDRATICO:
LIC: PATRICIA GUADALUPE FLORES GUERRA
MATERIA: derecho laboral y seguridad social
ACTIVIDAD:
ENSAYO
reporte de investigación



COMITAN CHIAPAS A VIERNES 18 DE MARZO DEL 2016

INTRODUCCION
La Comisión de Seguridad e Higiene es un organismo que se establece para investigar las causas de los accidentes en los centros de trabajo, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan. ¿Qué es una comisión de seguridad e higiene?
Es un organismo que se establece para investigar las causas de los accidentes en los centros de trabajo, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan. En el transcurso de este ensayo abordaremos temas de suma importancia que nos ayudaran a comprender mas a fondo como esta constituido el IMSS. Para beneficio de los trabajadores.

¿Cuáles son los fundamentos legales para la constitución y funcionamiento de las comisiones?
Ley Federal del Trabajo.
Artículo 509:  Ley Federal del Trabajo: en cada empresa o establecimiento se organizaran las comisiones de seguridad e higiene que juzgue necesarias.
Artículo 510: Las comisiones a que se refiere al artículo anterior serán desempeñadas gratuitamente dentro de las horas de trabajo.
Reglamento federal de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.
Articulo 123: La secretaria, con el auxilio de las autoridades del trabajo de las entidades federativas y del distrito federal, así como con la participación de los patrones, de los trabajadores o sus representantes, promoverá la integración y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
Artículo 124: La secretaria determinara la organización de las comisiones... A través de la norma correspondiente.
Artículo 125: Las comisiones de seguridad e higiene deberán constituirse en un plazo no mayor de treinta días a partir de la fecha de iniciación de las actividades en la empresa o establecimiento.
Artículo 126: Las actividades que deben realizar los integrantes de las comisiones de seguridad e higiene son las siguientes.

Investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo, de acuerdo a los elementos que les proporcione el patrón y otros que estimen necesarios.
Vigilar el cumplimiento de las disposiciones de este reglamento, de las normas aplicables y de las relacionadas con aspectos de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo, que se encuentren establecidas en los reglamentos interiores de trabajo, y hacer constar en las actas de recorrido respectivas las violaciones que en su caso existan.
Proponer al patrón medidas preventivas e higiene en el trabajo, basadas en la normatividad y en experiencias operativas en la materia.
Las demás que establezca la norma correspondiente.

Nom-019-STPS-2004, relativa a la constitución y funcionamiento de las comisiones de seguridad y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
Objetivo: establecer los lineamientos para la integración y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en todas las empresas o establecimientos, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo y las obligaciones al respecto de los patrones y trabajadores.


 ¿Cuántos miembros deben integrar una comisión?
La norma 019-STPS 2004  estipula un número preciso de miembros:
Cuando se tienen de 1 a 14 trabajadores
 Coordinador
 Secretario

Y cuando se tienen de 15 trabajadores en delante
 Coordinador
 Secretario
 Vocales
Nota: la comisión estará integrada  por igual número de representantes, por parte del patrón y de los trabajadores.

¿Quiénes designan a los miembros de una comisión?
El patrón designara a sus representantes, y los trabajadores a los suyos a través del sindicato titular del contrato colectivo; en caso de no existir sindicato, los trabajadores elegirán sus representantes por votación directa.




¿Cuáles son las funciones de la comisión?
Establecer un programa anual de verificaciones, asignando propiedades de acuerdo a las incidencias, accidentes y enfermedades de trabajo y a las áreas con mayores condiciones peligrosas, dentro de los 45 días hábiles después del inicio de actividades del centro de trabajo y, posteriormente, a mas tardar en los primeros 15 días hábiles de cada año.
Realizar las verificaciones programadas mensuales, bimestrales, o trimestrales, según lo acordado en el programa anual para detectar condiciones peligrosas.
Efectuar verificaciones extraordinarias en caso de: accidentes o enfermedades de trabajo que generen defunciones o incapacidades permanentes, o cambios en el proceso de trabajo en base a la información proporcionada por el patrón o a solicitud de los trabajadores, cuando reporten condiciones peligrosas que, a juicio de la propia comisión, así lo amerite.
De cada una de las verificaciones se levantara una  acta anotando las condiciones peligrosas y las violaciones, que en su caso existan, el reglamento o a las normas aplicables en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo; propuestas de medidas para su corrección; resultados de las recomendaciones atendidas y el proceso de resolución de las que queden pendientes. Esta acta será entregada por el coordinador al patrón, quien la deberá conservar por 12 meses y exhibirla a la autoridad laboral cuando esta así lo requiera.
Investigar, analizar y registrar en el acta de verificación de la comisión, las condiciones peligrosas que le señalen los trabajadores, emitiendo las observaciones que correspondan y haciéndolas del conocimiento del patrón de manera inmediata.

¿Cómo se organiza una comisión?
Con un coordinador y un secretario invariablemente y por el numero de vocales que acuerden el patrón y el sindicato, considerando el total de trabajadores y las actividades del centro de trabajo.
El puesto de coordinador lo ocupara el representante del patrón; el de secretario, el representante de los trabajadores, y los vocales serán designados por ambas partes.

¿Cuáles son las responsabilidades del coordinador?
Presidir las reuniones de trabajo de la comisión.
Dirigir y vigilar su funcionamiento.
Integrar en el acta de verificación de la comisión, la propuesta de medidas para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, que emitan sus miembros, constando que estén sustentadas en la normatividad en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.
Promover la participación responsable de los integrantes de la comisión y constatar que cada uno de ellos cumpla con las tareas asignadas.
Plantear al patrón la programación anual de las verificaciones a fin de integrarlas en el programa de seguridad e higiene en la empresa o en la relación de actividades a cumplir.
Integrar en el acta de verificación, los resultados de las investigaciones de accidentes de trabajo, para su análisis.
Al término de la verificación, procederá a elaborar conjuntamente con el secretario el acta de verificación, misma que será validada mediante la firma de ambos y entregada al patrón de inmediato.
Participar en las inspecciones de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo, que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo.
Asesorar a los vocales y al personal en la verificación y en la detección de condiciones peligrosas presentes en su medio ambiente laboral.
Solicitar, previo acuerdo de la comisión la sustitución de sus integrantes.

¿Cuáles son las responsabilidades del secretario?
Convocar a los integrantes de la comisión para efectuarse las verificaciones programadas.
Apoyar el desarrollo de las reuniones de trabajo de la comisión, de acuerdo a lo que señale el coordinador.
Integrar el acta de verificación de la comisión, la relación de las violaciones a la normatividad y condiciones peligrosas encontradas en la verificación y las propuestas de medidas para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo.
Participar en las inspecciones de seguridad e higiene que practique  la autoridad laboral en el centro de trabajo.
Asesorar a los vocales y al personal del centro de trabajo, en la verificación y detección de condiciones peligrosas presentes en su medio ambiente laboral.
Conservar, durante 12 meses, copia de las actas de verificación a fin de dar seguimiento a las propuestas de medidas para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, así como cualquier otra documentación sobre la integración y funcionamiento de la comisión.

¿Cuáles son las responsabilidades de los vocales?
Detectar y recabar información sobre condiciones peligrosas en el área que le asigne la comisión a cada uno de ellos.
Apoyar las actividades de promoción y orientación a los trabajadores, que se indiquen  en el seno de la comisión.


*Proponer al patrón medidas preventivas e higiene en el trabajo, basadas en la normatividad y en experiencias operativas en la materia.
*Establecer un programa anual de verificaciones, asignando propiedades de acuerdo a las incidencias, accidentes y enfermedades de trabajo y a las áreas con mayores condiciones peligrosas, dentro de los 45 días hábiles después del inicio de actividades del centro de trabajo y, posteriormente, a mas tardar en los primeros 15 días hábiles de cada año.
* Realizar las verificaciones programadas mensuales, bimestrales, o trimestrales, según lo acordado en el programa anual para detectar condiciones peligrosas.
* Efectuar verificaciones extraordinarias en caso de: accidentes o enfermedades de trabajo que generen defunciones o incapacidades permanentes, o cambios en el proceso de trabajo en base a la información proporcionada por el patrón o a solicitud de los trabajadores, cuando reporten condiciones peligrosas que, a juicio de la propia comisión, así lo amerite.
De cada una de las verificaciones se levantara una  acta anotando las condiciones peligrosas y las violaciones, que en su caso existan, el reglamento o a las normas aplicables en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo; propuestas de medidas para su corrección; resultados de las recomendaciones atendidas y el proceso de resolución de las que queden pendientes. Esta acta será entregada por el coordinador al patrón, quien la deberá conservar por 12 meses y exhibirla a la autoridad laboral cuando esta así lo requiera.
Investigar, analizar y registrar en el acta de verificación de la comisión, las condiciones peligrosas que le señalen los trabajadores, emitiendo las observaciones que correspondan y haciéndolas del conocimiento del patrón de manera inmediata.
Gracias a cada uno de estos objetivos la seguridad de cada uno de los trabajadores se ha ido mejorando conforme a la ley federal de trabajo, este organismo ha garantizado la seguridad de los trabajadores gracias a ello los patrones han mejorado la estancia y la protección de cada uno de sus trabajadores.

CONCLUSION


Podemos concluir que la comisión de seguridad e higiene se ha ido modificando día a día para proteger a cada uno de los trabajadores aplicando cada día nuevas estrategias de manejo y capacitando cada dia a un mejor personal para realizar  diversas actividades El instituto, a fin de lograr una mayor eficiencia en la administración del Seguro Social y en el despacho de los asuntos de su competencia, contara con órganos de operación administrativa desconcentrada, así como con órganos colegiados integrados de manera tripartita por representantes del sector obrero, patronal y gubernamental, cuyas facultades, dependencia  y ámbito territorial  se determinaran en el Reglamento Interior del Instituto gracias a ello día a día podemos comprender que la seguridad de nuestras vida también esta ligada a la comisión de seguridad social para fin de una mejor estabilidad para el personal asegurado de la empresa.

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